EL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN (II) El método de ...
Temporal (NFCAC, ART. 16): Las CAC se deben establecer en la misma fecha y periodo que las CAI de la dominante. En el caso, de que alguna de las dependientes, tenga un periodo distinto que el cierre del ejercicio y difiera en más de tres meses de las CAC, se requerirán CUENTAS INTERMEDIAS por parte de la dependiente.